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Derecho Patrimonial y Sucesorio



Las cuestiones sucesorias y patrimoniales suelen involucrar bienes relevantes, vínculos familiares y decisiones irreversibles. Una orientación inadecuada en las etapas iniciales puede generar demoras, conflictos entre herederos y pérdidas económicas innecesarias. Es fundamental obtener un asesoramiento Intervengo sobre situaciones existentes o futuras que pueden resolverse y evitarse con una buena gestion.



Cómo trabajo



Intervengo desde el inicio con un análisis jurídico integral y personalizado que determina que bienes integran el acervo hereditario. Para ello analizo, gestiono y ordeno la documentacion necesaria para poder iniciar el proceso. A su vez, le informo a cada heredero los pasos a seguir y el objetivo principal para ordenar la situación patrimonial, proteger los bienes hreditarios y los vínculos familiares. De esta manera se logran reducir tiempos y costos de sucesiones en Capital Federal. Ademas, propongo formulas y negociaciones que eviten o resuelvan conflictos entre herederos asesorandolos en conjunto o de manera individual. Mi asesoramiento incluye detalle preciso de las etapas, los tiempos, y fundamentalmente de los costos necesarios para realizar una sucesion de manera ordenada.



Casos habituales


  • Sucesiones simples y complejas.
  • Análisis y trámite de la documentación necesaria para iniciar el proceso.
  • Resolución de conflictos entre herederos.
  • Declaratorias de herederos.
  • Particiones y adjudicaciones.
  • Regularización y protección de bienes hereditarios.
  • Tractos abreviados e inscripciones en los Registros de Capital Federal y Provincia de Buenos Aires.
  • Asesoramiento sobre plazos, costos y honorarios conforme a la Ley 27.423.

Preguntas frecuentes sobre sucesiones en Capital Federal

Para comenzar, necesitamos la partida de defunción del causante, las partidas que acrediten los vínculos de los herederos (partida de nacimiento, partida de matrimonio) y los títulos de propiedad de los bienes (inmuebles, autos, etc.). Todas las partidas deben ser digitales y legalizadas. Si no las tenés, me ocupo especialmente de tramitarlas de manera rápida y segura para preparar toda la documentación necesaria.
En los juzgados de Capital Federal, una sucesión sin conflictos entre herederos suele demorar entre 6 y 10 meses desde su inicio y hasta su finalización. Los plazos son estimados y dependen del juzgado asignado. Personalmente me ocupo de agilizar los trámites para acortar lo mayor posible los tiempos.
Una sucesión tiene tres etapas. La primera es el inicio formal, donde se denuncia el fallecimiento, se acreditan los vínculos y la vocación hereditaria. La segunda incluye la publicación de edictos (en sucesiones ab intestato), oficios al Colegio de Escribanos de CABA y al Registro de Actos de Última Voluntad, y la inscripción del proceso en los registros judiciales. Cumplidos estos pasos, se solicita la declaratoria de herederos. La tercera etapa consiste en la inscripción de los bienes hereditarios en los registros correspondientes, pudiendo adjudicarse bienes o inscribir un tracto abreviado.
El acervo incluye todos los bienes del fallecido, como inmuebles, vehículos, dinero en cuentas bancarias y acciones, pero también sus derechos y deudas. Las deudas se pagan con los bienes de la herencia antes de repartir el resto.
En los bienes propios, el cónyuge hereda como un hijo más en partes iguales. En los bienes gananciales, el cónyuge retira primero su 50% por la sociedad conyugal y no hereda sobre el 50% restante si hay hijos, ya que ese porcentaje corresponde íntegramente a ellos. Existen diversas variantes y soluciones prácticas según cada caso.
Muchas consultas me llegan con esta duda: Mi familiar tiene inmuebles y autos en Provincia de Buenos Aires, pero vivió hasta su fallecimiento en Capital Federal. Por regla general, el último domicilio del fallecido es el lugar en donde debe radicarse la sucesión. Ello, independientemente de donde se encuentren los bienes.
El heredero que utiliza de forma exclusiva un inmueble de la sucesión debe pagar un canon locativo (alquiler) a los demás coherederos, siempre que estos lo reclamen formalmente mediante la fijación de dicho canon.
Sí. En Capital Federal es muy común. Una vez que el juez dicta la declaratoria de herederos, se puede vender un inmueble mediante el sistema de tracto abreviado, inscribiendo la propiedad directamente a nombre del comprador, lo que permite ahorrar tiempo y costos registrales.
Los gastos varían según la etapa del proceso. En las primeras etapas se incluyen costos de partidas, edictos, oficios y formularios. En la etapa final se suman la tasa de justicia, informes e inscripciones registrales. Los honorarios se regulan conforme a la Ley 27.423 y pueden pactarse previamente respetando los mínimos legales y la competencia leal entre distintos profesionales.
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